
Photo



FACHADAS // PROYECTOS 5

FACHADAS // PROYECTOS 5
La normativa trabajada durante esta semana supone unas condiciones fundamentales a la hora de poder tener legalmente equinos en nuestra parcela, además de las instalaciones necesarias para su manutención y bienestar.
Dentro de lo que podría denominar “Arquitectura ecuestre”, es fundamental tener en cuenta el contexto normativo. Rozar el límite de la legalidad o ilegalidad, o incluso pasarlo, en otro tipo de arquitectura, puede ser un reto, una dificultad que pasar o a la que enfrentarse. Sin embargo en este caso, no se trata de eso, no es algo a lo que te puedas enfrentar, es una cuestión sencilla, si tu parcela no cumple las condiciones redactadas por la BOE, no podrás tener equinos, aunque tengas todas las instalaciones adaptadas para ellos. Es una normativa que no habla principalmente de arquitectura, sino que condiciona a la persona que quiere tenerlos, a la parcela que poseemos. Por lo tanto es imprescindible saber si debemos cambiar ciertas condiciones de la parcela o el emplazamiento en sí, es una norma que condiciona sobre todo el contexto.
Por otra parte, en cuanto a las instalaciones necesarias que encontramos tanto en la BOE como en la Junta de Castilla y León, las condiciones son mucho más modificables. Hablando de ventilación de los boxes, la norma recomiendan que estén al exterior o muy ventilados. Arquitectos como Pablo Lamarca, Tomás Swett o Nicolas Pinto da Mota, tienen diferentes modos de jugar con la geometría y los espacios, creando espacios aparentemente cerrados y otros muy abiertos pero ambos cumpliendo las condiciones mínimas de ventilación. Sin embargo, los boxes de Pablo Lamarca y Tomas Swett no cumplen bien las condiciones de protección frente al frio debido a que los boxes cuadrados no tienen “techos” sino que tienen una estructura más elevada que protege de la lluvia o nieve. Se podría decir que “se pasan” de ventilación. Este factor es muy importante a la hora de diseñar la cuadra.
Por lo tanto, con estas dos normativas hemos podido ver la diferencia entre normas modificables, interpretables que hacen tomar decisiones variables y la normativa que es excesivamente necesaria que sea cumplida, ya que su incumplimiento prohíbe todo lo demás que tenga que ver con el hecho de poseer equinos.
Noemi Sanjuán Pastor


#Normativa- Test de Barthel


#Normativa- Test de Barthel
A lo largo de la semana pasada empecé a indagar sobre las distintas normativas que trataban sobre el tema de la discapacidad de una persona. Con ello encontré la normativa del DB-SUA del 19 de Febrero del 2010/ Apartado 9 donde intuías algunas de las necesidades de las personas con discapacidad y su aplicación en la casa.
Todo esto añadido a algunos de los apartados de la Ley 51 del 2003 del BOE donde habla de la consideración de los discapacitados con nociones de igualdad y donde habla de construir una sociedad y unas construcciones acorde con las necesidades de un discapacitado.
Sin embargo, estos no eran puntos del todo necesarios, ya que significaban puntos que se sobreentendían y no evolucionaban en el proyecto, por lo que investigando y con algunas llamadas a médicos especializados en esta enfermedad, como Dr. Julio Esteban Blas que me informó de una ley del 13 del Marzo del 2000 y el test de Barthel.
Con estos puntos de partida empecé a ver que en la ley del 13 de Marzo te habla de todos los tipos de discapacidades con sus tantos por ciento y las distintas restricciones o falta de capacidades que con ellas pierden. Aunque también de las necesidades y aplicaciones que con tu grado de discapacidad necesitas.
Después de esto llegamos al test de Barthel donde a través de una serie de preguntas tipo y una serie de puntuaciones que te va dando el test te informa de la necesidad de la persona (en función de la enfermedad) de asistencia por parte de una tercera persona para ayudarle a realizar algunas de las acciones que de normal una persona sin problemas físicos puede realizar.
A partir de estas normativas y leyes empiezo a conocer más aspectos de mi vivienda y viendo algunas de las preferencias que veo esenciales para la casa de Maria Langarita. Una de ellas es que busco una casa donde se pueda vivir desde los comienzos de la enfermedad cuando la persona empieza a notar los primeros indicios de esta, hasta que la persona necesita la asistencia de una tercera persona (la cual no tiene que vivir dentro de la casa).Con ello no pretendo encontrar la resolución de un único resultado pero si aquellas facilidades de la vivienda que hagan que la persona durante el transcurso de la enfermedad viva con todas las facilidades y adaptaciones necesarias para su día a día.
(También he insertado una imagen del test de Barthel a la persona de mi entorno con la misma enfermedad, con una serie de resultados)
Jose Isidro Pastor Tormo