La normativa es un factor que puede condicionarnos a la hora de realizar la idea, así pues consideré que la normativa que pueda afectar en gran medida la esencia, la información que he ido añadiendo mediante el moodboard, la investigación de materiales, etc. y la idea concebida que planteo de mi proyecto es la normativa que condiciona el uso del suelo público, por lo que quise investigar mas ese aspecto que en el cumplimiento del CTE puesto que aunque cumpla las normas del CTE, si no puedo realizarlas en el contexto que me interesa (un parque cercano al estudio de Ma Langaríta) mi proyecto perdería todo su sentido; esto me llevó a un blog (1) en el que transcribían una entrevista con la Asesora de las Artes del Ayuntamiento de Madrid donde explica que existen vacíos legales que permiten la construcción de ciertas estructuras en los espacios públicos; a partir de esta entrevista y con la ayuda de un amigo (estudiante de derecho), llegamos a la conclusión de que jurídicamente mi proyecto plantea la alteración del suelo público, lo que me llevó a investigar leyes como “Norma Española sobre estructuras temporales, carpas y seguridad, UNE-EN 13782”, “Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid” y la “Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones”; al parecer se puede construir en un espacio público pero podríamos encontrarnos con mas o menos dificultades jurídicas si nuestro proyecto va en nombre de una empresa o del ayuntamiento, así pues si mi proyecto va en nombre del ayuntamiento es posible que me encuentre con menos trabas.
Para poder realizar mi proyecto debo pedir unos permisos en el ayuntamiento de Madrid (2) siempre y cuando cumpla con las leyes antes citadas; aún me queda un camino largo para estudiar estas leyes, aun así espero poder encontrar un vacío legal interesante.








